jueves, 25 de octubre de 2012

Nota de "El País" sobre el reconocimiento de personas


NOTA DEL DIARIO "EL PAIS" DE ESPAÑA: "LA MEMORIA ES UN MAL TESTIGO"


A través del siguiente enlace podrán acceder a la nota del diario "El País" de la que hablamos hoy, en relación a la relatividad con que debe tenerse en cuenta la identificación de una persona a través de un reconocimiento en fila y sobre la importancia de extremar los recaudos para que la medida se lleve a cabo adecuadamente:





Se transcriben algunos párrafos interesantes de la nota:

"...y quieren recordar el rostro del criminal para que pague por lo que ha hecho. Pero no siempre pueden. Esa cara borrosa puede adquirir nitidez gracias a una mentira involuntaria: se coloca a otra persona en la memoria y alguien que jamás tuvo nada que ver con el delito acaba en la cárcel... Por culpa de los falsos recuerdos y de un sistema legal que los ignora y que cree ciegamente a las víctimas."

 "Nuestros recuerdos no son fiables. Más del 80% de las condenas a inocentes, según la ONG norteamericana Innocence Project (en España no hay ninguna estadística sobre el tema), tienen como base reconocimientos erróneos de víctimas y testigos."

"Hacer una identificación precisa es mucho más difícil de lo que parecen pensar algunos jueces. Con un documental reciente (El quinto por la izquierda, de Producciones La Marea) se hizo un experimento interesante. Se simulaba un tirón en la pantalla y se enseñaba la cara del ladrón, a plena luz, durante más tiempo que en un delito real. Después se pidió a algunos espectadores (unos 300) que identificaran en rueda de reconocimiento al del tirón. Las condiciones eran óptimas. Los testigos no estaban sometidos a estrés y sabían desde el principio que se iba a poner a prueba su memoria. Aún así, cuando en la rueda no estaba el autor del tirón, sólo el 52% de los que habían visto la película cinco minutos antes dijo "no está"; y el porcentaje de aciertos bajó al 25% cuando la habían visto dos días antes. Esto significa que entre el 48% y el 75% señaló a inocentes.
Cuando en la rueda sí estaba el auténtico tironero, fue reconocido por el 32% de los espectadores cinco minutos después de ver la película, pero sólo por el 13% cuando habían pasado 48 horas."

"Lo que sí está demostrado empíricamente es la falta de relación entre la seguridad del testigo o de la víctima y la exactitud de su identificación", continúa Diges. "Sin embargo, pese a todas las demostraciones empíricas, lo que vemos en la realidad policial y judicial es que, cuando la víctima está totalmente segura de que el identificado es su agresor, esa seguridad se toma como garantía de exactitud incluso cuando hay pruebas científicas exculpatorias, por ejemplo, las de ADN".

"El momento clave es ese en el cual el testigo o la víctima piensa que quizá el que aparece en la foto es el culpable. Si en ese primer momento se reafirma, después no hará más que identificar de nuevo (y cada vez con más seguridad) al que vio en esa primera foto o rueda. Ya no lo compara con su recuerdo del delito, sino con la primera imagen que vio del sospechoso. Por eso es tan importante que no haya irregularidades en esa fase. Si eso se hace mal, si el policía insinúa que en una foto determinada podría estar el culpable; o le dejan ver al sospechoso en la comisaría por error antes de la rueda; o es la única persona de características físicas similares al agresor; después es muy difícil dar marcha atrás: ya se ha creado el falso recuerdo."

"Los jueces, a menudo, sostienen que las irregularidades formales no influyen en el acierto o en el error de la identificación, pero resulta decisivo, porque las impresiones que se graban en la cabeza de la víctima no distinguen entre irregulares y correctas: sencillamente se graban"

"En la cultura judicial vigente, en particular en materia de delitos contra la libertad sexual, pesan mucho tres tópicos: que el juez tiene una especial capacidad para leer la verdad en el testigo; que por eso la testifical es una prueba de valoración fácil; y que el testigo-víctima merece un plus de credibilidad, por lo que su declaración inculpatoria o la identificación hecha por él, puede/debe bastar", señala el magistrado del Tribunal Supremo Perfecto Andrés Ibáñez. "Son tópicos ampliamente desmentidos por la psicología del testimonio, y ninguno cierto. Pero no importa, porque son tópicos funcionales a cierto justicialismo reinante en la opinión pública y que, además, facilitan el trabajo judicial. Por otro lado, en el juzgado se opera con frecuencia a partir de aportaciones judiciales (identificaciones fotográficas, por ejemplo) obtenidas con cuestionable rigor".

Se recomienda leer la nota completa...

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